Avalados por el Código Nacional de Tránsito

¿Multas injustas o fotomultas sin notificación?

Defendemos tu bolsillo y tu licencia legalmente. Especialistas en impugnación de comparendos basados en la Ley 769 de 2002.

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Defendemos tus derechos

No somos tramitadores, somos abogados expertos en derecho administrativo y tránsito bajo la Ley 769 de 2002 y Ley 1843 de 2017.

Impugnación de Fotomultas

Defensa técnica basada en jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre identificación plena del conductor. Anulamos fotomultas sin prueba fehaciente.

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Prescripción y Caducidad

Eliminación de deudas de tránsito que superaron los tiempos legales de cobro (3+ años). Recupera tu tranquilidad financiera y evita embargos injustos.

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Representación en Audiencias

Defensa presencial o virtual ante Secretarías de Movilidad. Actuamos en tu nombre con argumentos jurídicos sólidos basados en el debido proceso.

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Abogado profesional en derecho de tránsito revisando documentos legales en oficina moderna
Experticia Legal

Más de 15 años defendiendo conductores

Somos abogados especializados en derecho administrativo y tránsito, con licencia profesional activa y respaldo del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002).

Nuestra práctica se fundamenta en la Ley 1843 de 2017 sobre fotomultas y la jurisprudencia de la Corte Constitucional que protege el debido proceso de los conductores.

Registro CNT

Avalados por autoridades de tránsito

Ley 769 de 2002

Especialistas en CNT

98% Éxito

En casos de prescripción

1,200+ Clientes

Multas impugnadas exitosamente

Preguntas Frecuentes

Resuelve tus dudas legales

Respuestas claras a las preguntas más comunes sobre defensa de multas de tránsito en Colombia.

La caducidad es la pérdida del derecho de la autoridad para iniciar el proceso sancionatorio. Según la Ley 769 de 2002, las autoridades tienen máximo 6 meses desde la detección de la infracción para notificar al conductor. Si no lo hacen en ese plazo, la multa caduca y no puede ser cobrada.
Sí, absolutamente. El descuento del 20% es un beneficio opcional, no una obligación. Puedes impugnar la multa en cualquier momento antes de que se resuelva el caso, incluso si perdiste el descuento. Lo importante es que tengas argumentos jurídicos válidos (falta de notificación, error en el procedimiento, prescripción, etc.).
No es legal según jurisprudencia de la Corte Constitucional. La Sentencia C-530 de 2003 establece que debe haber identificación plena del conductor. Si la fotomulta no identifica claramente quién conducía, viola el debido proceso. Podemos impugnarla con base en este argumento constitucional.
Es probable que haya prescrito. La prescripción de las multas de tránsito ocurre a los 3 años contados desde la fecha de la infracción (según Ley 769 de 2002). Si te están cobrando una multa después de ese tiempo, podemos solicitar su anulación por prescripción. Es uno de los casos con mayor tasa de éxito (98%).
El proceso tiene 3 pasos: 1) Presentamos recurso de reposición ante la Secretaría de Movilidad con los argumentos jurídicos. 2) Si es negado, apelamos ante la autoridad superior. 3) Si es necesario, llevamos el caso a la jurisdicción contenciosa administrativa. Nosotros nos encargamos de todo el trámite, tú solo proporcionas la información inicial.
Depende de la complejidad del caso y la autoridad. En promedio, un recurso de reposición tarda 2-3 meses. Si hay apelación, puede extenderse 4-6 meses. Los casos de prescripción y caducidad suelen resolverse más rápido (1-2 meses) porque son argumentos directos. Te mantenemos informado en cada etapa del proceso.

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